Instrucciones
- El valor catastral del suelo se obtiene del recibo de IBI del año en curso (con el código CRD).
Si se desconoce esta información se puede ir a consultar (nomes los titulares) a la sede electrónica del catastro.
Para hacer la consulta se necesita un certificado electrónico incluyendo DNI electrónico o bien utilizar CL@VE. - Hay que posar la fecha de compra-venta actual y la fecha del título anterior
- La participación indivisa es 100%. En caso contrario, hay que indicar cuál es el porcentaje de participación indivisa.
- En los casos de herencia, hay que aplicar las bonificaciones que se establecen a la Ordenanza Fiscal num. 4 del año vigente, reguladora de este impuesto. (40% o 95% dependiente del caso).
