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Celebración de una boda civilDescripciónEl Alcalde tiene la potestad de celebrar bodas civiles. Esta potestad puede ser delegada en los/las regidores/as del Ayuntamiento. Los matrimonios se celebran los sábados no festivos, por la mañana, en la sala de exposiciones de la planta baja de la casa consistorial. ¿Como se inicia el trámite?Los interesados han de tramitar previamente el correspondiente expediente matrimonial en el Juzgado de Paz de Vila-seca, haciendo constar que desean casarse en el Ayuntamiento.
¿Quién lo puede pedir?Todos los que quieran hacer la boda en el Ayuntamiento de nuestra ciudad, y reúnan los siguientes requisitos:
Documentación a aportarFotocopia del DNI de los contrayentes, fotocopia del DNI de los dos testimonios y el oficio del expediente del Juzgado de Paz de Vila-seca. La celebración se hará indistintamente en catalán o castellano, según se haya manifestado previamente.
Documentación de que se dispone
Fecha de publicación/actualización: 04 marzo 2020 |
