Licencia de obras
Descripción
Para ejecutar obras u otras actuaciones urbanísticas tiene que realizar este trámite.
Están sujetas al régimen de licencia de obras las actuaciones descritas en el artículo 187 del TRLUC y las no incluidas en el Régimen de Comunicación de obras, como las siguientes:
- Las parcelaciones urbanísticas.
- Obras de construcción y edificación de nueva planta, y las de ampliación, reforma, modificación o rehabilitación de edificios, construcciones y instalaciones ya existentes, excepto las de rehabilitación, reforma o modificación que no suponen una afectación exterior del edificio o construcción
- La demolición total o parcial de las construcciones y las edificaciones.
- Las obras puntuales de urbanización no incluidas en un proyecto de urbanización.
- Los movimientos de tierra y las obras de desmontaje o explanación en cualquier clase de suelo.
- La acumulación de residuos y el depósito de materiales que alteren las características del paisaje.
- La apertura, la pavimentación y la modificación de caminos rurales.
- La instalación de casas prefabricadas e instalaciones similares, sean provisionales o permanentes.
- La instalación de invernaderos o instalaciones similares.
- La tala de masas arbóreas, de vegetación arbustiva o de árboles aislados.
- Las instalaciones y las actuaciones que afectan el subsuelo.
- La instalación de líneas eléctricas, telefónicas u otras similares.
- Actuaciones que afectan al patrimonio histórico y artístico.
¿Quién lo puede pedir?
La persona, física o jurídica, que sea promotora de las actuaciones urbanísticas descritas anteriormente.
Canales de presentación
Trámite presencial
Puede hacer este trámite en el Ayuntamiento de Vila-seca, Plaça de l'Església 26. (Tel 977 30 93 00).
Le atenderán de lunes a viernes de 9.15h a 14h y entre el 1 de octubre y el 31 de mayo, también los lunes de 16.30h a 18.30h.
Será necesario cumplimentar el formulario de solicitud de licencia de obras y adjuntar los documentos siguientes:
- Solicitud según modelo normalizado.
- Dos copias del proyecto visado
- Asume de los técnicos visado (documento que justifica qué técnico se hace resposable de la obra, debidamente autorizado por el Colegio profesional correspondiente)
- Programa de control de calidad (en caso de viviendas)
- Estudio de seguridad y salud
- Hoja de datos estadísticos de edificación y vivienda
- Certificado del gestor de residuos autorizado
- Justificante del depósito de la fianza general, cuando la Ordenanza Fiscal así lo determine
- Justificante de la autoliquidación de los derechos municipales, cuando la Ordenanza Fiscal así lo determine.
Documentación a aportar
Modelo de solicitud de licencia de obras (documento pdf)
Precio
Las licencias de obras con un presupuesto inferior a 3.000 € están exentas del pago de cualquier tributo municipal.
Las licencias de obras con un presupuesto entre 3.001 y 6.010 € están exentas del pago de la tasa por licencias urbanísticas pero están sujetas al pago del impuesto de construcciones, instalaciones y obras, en su tipo reducido del 2%.
Las licencias de obras con un presupuesto entre 6.011 y 18.000 € también están sujetas al tipo reducido del 2% del impuesto de construcciones, instalaciones y obras y a la tasa por licencias urbanísticas.
Fecha de publicación/actualización: 10 marzo 2020
