Órganos de gobierno
Conforme la legislación vigente, los órganos de gobierno del Ayuntamiento son:
- El Alcalde
- Los Tenientes de Alcalde
- La Junta de Gobierno Local
- El Pleno Municipal
- Los Grupos Municipales
- Las Comisiones Informativas
- La Comisión Especial de Cuentas
Retribuciones e indemnizaciones a miembros de la Corporación
De conformidad con el Artículo 75 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local 7 /85 de 2 de abril, se establecen las retribuciones e indemnizaciones que a continuación se mencionan y que deberán percibir los concejales que componen la Corporación municipal para el ejercicio presente, según acuerdo plenario del 18 de julio de 2019.
Las percepciones en concepto de indemnizaciones a percibir por los miembros de la Corporación en el desarrollo de sus funciones, son las siguientes :
-
Indemnizaciones por asistencia a sesiones
- Por sesión plenaria (todos los concejales): 380,00€
- Por sesión de la Junta de Gobierno Local (todos los concejales): 332,50€
- Por sesión de Comisión Informativa, de órganos de los Patronatos Municipales o que celebren otras comisiones especiales creadas en ejecución de acuerdos plenarios (todos los concejales): 266,00€
- Por sesión de la Junta de Portavoces: 108,00€
-
Asignaciones a Grupos Políticos
- Se atribuye a cada grupo político de los que componen la Corporación una dotación económica para cobertura de gastos generales de su actividad a razón de 4.000,00 € por cada grupo y € 2.200,00 más por cada regidor, de acuerdo con lo que establece el artículo 73.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril.
- Esta asignación tendrá carácter anual y naturaleza de subvención incondicionada y se destinará a financiar los gastos de funcionamiento propias del grupo y con las estipulaciones previstas en el citado artículo 73.3 de la Ley 7/85.
- Establecimiento de dedicaciones exclusivas y parciales
De conformidad con lo previsto en la Ley 7/85 establece las siguientes dedicaciones exclusivas y parciales:
- 1º.- El Alcalde, dedicación exclusiva con una retribución bruta anual de 58.372,36 €, repartidas en 14 pagas.
- 2º.- La Sra. Concejala delegada del Área de Cultura, Conocimiento y Relaciones Cívicas, dedicación exclusiva con una retribución bruta anual de 56.000,00 €, repartidas en 14 pagas.
- 3º.- La Sra. Concejala delegada del Área de Derechos Sociales y Participación Ciudadana, dedicación exclusiva con una retribución bruta anual de 56.000 euros, repartidas en 14 pagas.
- 4º.- El Sr. Concejal delegado del Área de Servicios Generales, Seguridad y Civismo, dedicación parcial del 90%, con una retribución bruta anual de 50.400,00 € repartidas en 14 pagas.
- 5º.- La Sra. Concejala delegada de Asuntos del Núcleo de la Pineda, dedicación parcial del 60%, con una retribución bruta anual de 28.800,00 € repartidas en 14 pagas.
- 6º.- El Sr. Concejal delegado de Deporte, dedicación parcial del 60%, con una retribución bruta anual de 28.800,00 € repartidas en 14 pagas.
- 7º.- Resultará incompatible la percepción de la dedicación exclusiva y parcial con cualquier otra indemnización o emolumento de los previstos en el apartado I.
- 8º.- Mensualmente les será abonada, automáticamente, la retribución correspondiente, sin necesidad de acreditación.
